Tabla de Honorarios

Calculadora de Costos Arbitrales

Tarifario Oficial de Arbitraje

Tasa de Presentación de Solicitud de Arbitraje

Tipo de ArbitrajeTasa de presentación
Arbitraje NacionalS/ 350 + IGV
Arbitraje InternacionalS/ 800 + IGV

Costos Administrativos

Rango de CuantíaTasa
Hasta S/ 50,000S/ 2,500
De S/ 50,001 a S/ 300,000S/ 2,500 + 1% sobre exceso de S/ 50,000
De S/ 300,001 a S/ 700,000S/ 4,600 + 0.70% sobre exceso de S/ 300,000
De S/ 700,001 a S/ 1'500,000S/ 7,400 + 0.40% sobre exceso de S/ 700,000
De S/ 1'500,001 a S/ 5'000,000S/ 10,400 + 0.20% sobre exceso de S/ 1'500,000
De S/ 5'000,001 a S/ 15'000,000S/ 19,400 + 0.18% sobre exceso de S/ 5'000,000
De S/ 15'000,001 a S/ 40'000,000S/ 41,900 + 0.15% sobre exceso de S/ 15'000,000
De S/ 40'000,001 en adelanteS/ 85,900 + 0.11% sobre exceso de S/ 40'000,000

El monto máximo a cobrar por costos administrativos es de S/ 225,000 + IGV

Honorarios del Tribunal Arbitral (Colegiado)

Rango de CuantíaTasa
Hasta S/ 50,000S/ 6,000
De S/ 50,001 a S/ 300,000S/ 6,000 + 3% sobre exceso de S/ 50,000
De S/ 300,001 a S/ 700,000S/ 12,000 + 2% sobre exceso de S/ 300,000
De S/ 700,001 a S/ 1'500,000S/ 19,000 + 1% sobre exceso de S/ 700,000
De S/ 1'500,001 a S/ 5'000,000S/ 31,000 + 0.80% sobre exceso de S/ 1'500,000
De S/ 5'000,001 a S/ 15'000,000S/ 66,000 + 0.70% sobre exceso de S/ 5'000,000
De S/ 15'000,001 a S/ 40'000,000S/ 150,000 + 0.56% sobre exceso de S/ 15'000,000
De S/ 40'000,001 en adelanteS/ 370,000 + 0.55% sobre exceso de S/ 40'000,000

Tope máximo: S/ 200,000 netos por árbitro / S/ 250,000 netos para el presidente

Honorarios del Árbitro Único

Rango de CuantíaTasa
Hasta S/ 50,000S/ 3,000
De S/ 50,001 a S/ 300,000S/ 3,000 + 0.85% sobre exceso de S/ 50,000
De S/ 300,001 a S/ 700,000S/ 5,100 + 0.70% sobre exceso de S/ 300,000
De S/ 700,001 a S/ 1'500,000S/ 8,250 + 0.45% sobre exceso de S/ 700,000
De S/ 1'500,001 a S/ 5'000,000S/ 13,500 + 0.35% sobre exceso de S/ 1'500,000
De S/ 5'000,001 a S/ 15'000,000S/ 23,500 + 0.20% sobre exceso de S/ 5'000,000
De S/ 15'000,001 a S/ 40'000,000S/ 46,000 + 0.15% sobre exceso de S/ 15'000,000
De S/ 40'000,001 en adelanteS/ 94,000 + 0.12% sobre exceso de S/ 40'000,000

Tope máximo: S/ 250,000 netos para árbitro único

Otros Aranceles

Tipo de TrámiteMonto
Designación de ÁrbitroS/ 1,000 + IGV
Recusación de ÁrbitroS/ 3,500 + IGV
Sustitución de ÁrbitroS/ 1,000 + IGV
Instalación del tribunal arbitral, en procesos ad hocS/ 2,000 + IGV
Pronunciamiento sobre liquidaciones o reliquidaciones de gastos arbitrales de procesos ad hocS/ 2,000 + IGV
Devolución de honorarios arbitrales en arbitrajes ad hocS/ 2,000 + IGV
Copia certificada por hojaS/ 2.50 + IGV

Arbitraje de emergencia

Tipo de TrámiteMonto
Honorarios del árbitroS/ 25,000 + IGV
Tasa administrativaS/ 20,000 + IGV

Información Bancaria

MARC PERU
RUC: 20426255317

BBVA BANCO CONTINENTAL

Notas importantes

  1. A todos los montos indicados deberán añadírsele los impuestos correspondientes (IGV).
  2. Los montos máximos establecidos para honorarios son netos (no incluyen IGV).
  3. Para la distribución de honorarios en tribunal colegiado: Presidente 40%, Árbitros 30% cada uno.

Determinación de gastos arbitrales con pretensiones de cuantía indeterminada o no cuantificables económicamente

Criterios aplicables para la determinación de costos administrativos y honorarios arbitrales en pretensiones de cuantía indeterminada o no susceptibles de cuantificación económica directa:

  1. En caso se presente una cuantía que no sea cuantificada por la parte que la formula, se determinarán los costos administrativos y los honorarios del Tribunal Arbitral, teniendo en consideración, entre otros, la complejidad del caso, las implicancias económicas, las actuaciones arbitrales y el tiempo que demandará la resolución de la controversia.
  2. Salvo disposición diferente del Consejo de Arbitraje, se aplicará el 6.2% del monto del contrato original a cada pretensión planteada, a efectos de obtener una determinación económica de la cuantía. El resultado de dicha operación será utilizado en la calculadora de gastos arbitrales correspondiente a cuantías determinadas, a fin de establecer los montos que deberán ser cancelados.
  3. En determinadas circunstancias, podrá tomarse como referencia el monto del contrato para la determinación de los gastos arbitrales.
  4. El valor máximo de las pretensiones de cuantía indeterminada no podrá superar el monto del contrato original, salvo que a dicho resultado se adicionen pretensiones de cuantía determinada formuladas expresamente por las partes.
  5. En caso una pretensión agrupe un conjunto de pretensiones, podrá valorarse cada una de ellas de manera independiente.